En ocasiones es mejor publicar lo que otros han escrito. No dejen de leer este artículo firmado por Felix Pantoja y cuatro profesores universitarios y un magistrado sobre la petición de implantar la cadena perpetua "revisable" propuesta por el PP: http://blogs.publico.es/dominiopublico/1805/%C2%BFhacen-falta-penas-mas-duras/
¿Hacen falta penas más duras?
La recientes declaraciones de responsables políticos que reclaman la
implantación de la cadena perpetua y una nueva modificación de la ley
del menor, llevan una vez mas a que debamos formularnos algunas
preguntas con objeto de clarificar y poner sensatez en el debate
social, así como ayudar a los ciudadanos a que reflexionen sobre estas
cuestiones. A ser posible, lejos de la emoción y el sentimiento que
producen crímenes terribles o, más propiamente, la repetición
sistemática en los medios del recuerdo de crímenes terribles que llevan
a la sociedad a la percepción de que ocurren habitualmente.
Estas preguntas pueden ser: ¿cabe la cadena perpetua en nuestro
ordenamiento? ¿Es realmente necesario endurecer aun mas nuestras leyes
penales? ¿Qué estamos haciendo con las víctimas?
Con respecto a la primera, la respuesta es rotundamente no, y no sólo
porque el artículo 25.2 de la Constitución (CE) establece la
reinserción del penado como objetivo, sino porque, como señala el
Tribunal Constitucional (TC), la preparación para la vida en libertad a
lo largo del cumplimiento de la condena constituye un mínimo
innegociable (sentencia 112/96 del TC). Pero no se agotan aquí los
argumentos constitucionales: la posibilidad de confinar toda su vida a
una persona en una cárcel es un atentado contra la dignidad humana
protegida en la Constitución (art. 10), contra la promoción de la
igualdad real y efectiva (art. 9.2) y contra la proscripción de tratos
inhumanos y degradantes (art. 15).
En cuanto a la segunda pregunta, sólo cabe acudir a las estadísticas y
a los datos oficiales. Como pone de relieve un reciente trabajo de la
Plataforma Otro Derecho Penal es Posible, España tiene uno de los
porcentajes de presos más altos de Europa, habiéndose llegado a
cuadruplicar su población penitenciaria en el período 1980-2009. En
algo menos de 30 años hemos pasado de tener una población reclusa de
18.583 a 76.771 personas, lo que constituye un dato de por sí revelador
y nos sitúa a la cabeza de Europa. Así, la tasa de los países europeos
oscilan entre las 63 por 100.000 habitantes de Noruega y las 164
encarceladas que hay en España. Y, sin embargo, la tasa de criminalidad
en España es menor que la media de los países europeos. A falta de
datos de 2009, en el año 2008 la tasa de delitos por cada 1.000
habitantes fue en España fue de 47,6. La media Europea está en el 70,4.
Otros países de nuestro entorno, con sistemas policiales y penales
percibidos por la población como más duros, duplican la nuestra o son
notoriamente más elevados, como por ejemplo Reino Unido (101,6) o
Alemania (76,3). Un último dato en cuanto al endurecimiento de las
penas: según datos de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, actualmente –enero de 2010– hay en España 345 personas
presas (sin contar las condenadas por delitos de terrorismo) con penas
no acumulables superiores a los 30 años; una de ellas tiene una condena
de 38.585 días, esto es, casi 106 años. Esto quiere decir que, en la
mayoría de los casos, no terminarán de cumplir sus condenas mientras
dure su vida, pues a la edad que cada uno tenga, si la media fuera de
40 años de edad, en cuanto la pena sea superior a 35 años la vida en
libertad se esfuma como posibilidad. ¿Saben realmente nuestros
políticos lo que están diciendo?
Y si nos fijamos en la Ley del Menor, ¿cuántos crímenes terribles han
sucedido en estos 10 años de vigencia? Prácticamente los podemos
enumerar con los nombres que reciben en la prensa. Causan grave impacto
social, pero tampoco llegamos a conocer las dramáticas circunstancias
que rodean a sus protagonistas. La realidad es que en los juzgados de
menores se produce un alto índice de intervención. Aunque la
delincuencia registrada de las personas menores de edad es
constantemente inferior al 2% de la de las adultas y de mucha menor
gravedad, los juzgados de menores están imponiendo sanciones penales a
un número altísimo de menores. Casi el 1% (1.000 de cada 100.000, a
efectos de su comparación con las tasas de encarcelamiento de adultos)
de personas entre 14 y 18 años reciben cada año una sanción penal por
un juzgado de menores. Una tasa muy importante de intervención penal. Y
además las sanciones son tan duras que pueden llegar a 10 años de
internamiento en centro cerrado por cada delito cometido (obsérvese que
esta cifra es mayor que la mitad de de la vida del chico castigado, y
que puede cumplirse en un centro penitenciario, con las oportunidades
que este ofrece y que tal vez no quisiéramos para un hijo nuestro para
el que pediríamos una segunda oportunidad), lo que hace dudar del
cumplimiento de los compromisos de España con la Convención de los
Derechos del Niño. Y respecto a esa idea de bajar la edad penal a los
doce años, ¿tenemos realmente un problema de política criminal con los
niños de 12 y 13 años como para rebajar la edad penal? ¿No estaremos
tratando de resolver con el derecho penal cuestiones que atañen a la
educación de los niños y a su igualdad de oportunidades?
Y por último, en cuanto al tratamiento a las víctimas, el modelo que
tenemos en España es el de la cronificación de su dolor, impidiendo la
superación del duelo con la creación de asociaciones y la manipulación
política o mediática de las mismas, sin que exista una verdadera
política social de apoyo material y moral para ayudar a superar ese
dolor, extendiendo a la sociedad los legítimos y comprensibles deseos
de vindicación del daño sufrido.
Este es el panorama que ofrecen una y otra vez algunos políticos, que,
irresponsablemente, siembran la desconfianza y alimentan el espejismo
de que con el derecho penal vamos a solucionar problemas que han de
encontrar remedio en la educación, la igualdad y en las políticas
sociales.
Félix Pantoja es fiscal del Tribunal Supremo.
Lorena Ruiz-Huerta, profesora de Derecho Penitenciario en la Universidad Carlos III
Xavi Echevarría, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Deusto
Julián Ríos, profesor de Derecho Penal en la Universidad P. Comillas
José Luis Segovia profesor de Ética Política en la Universidad P. Salamanca
Ramón Sáez, magistrado en la Audiencia Nacional
Manuel Gallego, profesor de Derecho Penal en la Universidad P. Comillas
Miembros de la plataforma Otro Derecho Penal es Posible




