Mientras que la Unión de Fiscales Prgresistas se mostraba reticente ya que según su portavoz la decisión supone 'una ruptura de una doctrina tradicional', por lo que deseó que el hecho de que la opinión pública exija una pena mayor para los terroristas no haya influido en el fallo, porque eso sería 'alarmante', el Ministro de Justicia opnia que esta era "una resolución en aplicación estricta de su legalidad penal", y con 'alegría y satisfacción'. Por su lado Jueces para la Democracia opniaba al tiempo que "hoy hemos asistido a un ejemplo grandioso de cómo se puede interpretar y aplicar la Ley del modo mejor acomodado a lo que es una solución justa"
Reflexiones agridulces para una decisión del Tribunal Supremo que ha decido modificar su interpretación de la ley para poder mantener en prisión a un preso (más allá de que fuese o no terrorista), sentando un precedente peligroso de aplicación de la lectura más perjudicial al condenado según convenga al panorama de la estabilidad politica "nacional". A simple vista se podría pensar que los principios de irretroactividad de las leyes y el principio de reinserción no estan contemplados de una manera amplia en esta decisión. Deberemos estar atentos a los votos particulares contra la decisión, de los magistrados José Antonio Martín Pallín, Joaquín Giménez y Perfecto Andrés Ibáñez





21/02/2006, 01:17
En un sistema jurídico como el español donde no existe la cadena perpetua (ni tampoco la pena de muerte), es lógico dotarse de jurisprudencia para afrontar casos extremos donde no existe atisbo de arrepentimiento, como el ejemplo del sanguinario Parot (82 asesinatos a sus espaldas y más de 4000 años de condena) y que cumplan el máximo previsto por la ley (30 años). De lo contrario, Parot habría estado poco más de 15 años de cárcel, y se habría reintegrado a su actividad criminal, lo cual resultaría una evidente burla para las decenas de familias afectadas y para la sociedad entera, pues le habría salido cada crimen a poco más de tres meses.
La proporcionalidad de la justicia es un imperativo democrático, sobre todo en casos tan extremos. El único consuelo a las víctimas (y la forma de evitar tentaciones de venganza) y, sobre todo, la única forma de mostrar que la justicia no es objeto negociable (otra cosa son vías políticas tipo indultos, etc.) es garantizar que efectivamente sanguinarios como Parot cumplen íntegramente su pena.
21/02/2006, 22:08
Tu mismo (o misma) lo has dicho "En un sistema jurídico como el español donde no existe la cadena perpetua (ni tampoco la pena de muerte)". Nuestro sistema penal no contempla esa posibilidad, y por tanto hacerlo por via de la jurisprudencia o de las leyes aprobadas por el anterior gobierno, es voltear la constitución. El artículo 25.2 dice expresamente que "Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados." Desde luego aquí (en este tipo de casos) ya no podremos hablar de reeducación ni reinserción, pue spor via jurisprudencial se le ha negado esa posibilidad.
Tampoco creo que la "La proporcionalidad de la justicia es un imperativo democrático, sobre todo en casos tan extremos." ¿Donde está limite a esa proporcionalidad de la que hablas? La vengaza dista mucho de la justicia y no hay que confundirla, ya que sino nos adentramos en el ojo por ojo. Se que es duro y dificil abstraerse de lo que hizo el Henri Parot, pero no estamos aquí enjuiciandole ni justificandole sino considerando una decisión del Supremo, que ha hecho presionado por los partidos politicos y por el nerviosismo actual.