La coordinación AHT Gelditu! Elkarlana propone la siguiente actuación ante la tramitación de expropiaciones para el TAV que el Ministerio de Fomento ha comenzado ya en algunos tramos de la “Y vasca”.
  1. Informar, convocar reuniones publicas, presentar alegaciones a la forma y al fondo, controlar irregularidades para retrasar el proceso, denunciar publicamente.
  2. Levantamiento de actas previas: concentracion, presentar escrito.
  3. Justiprecio: cada propietario debe asesorarse y valorar.
  4. Ocupación del terreno: acciones de solidaridad y oposición a la ocupación de los terrenos y al inicio de obras.


PROPUESTA DE ACTUACION ANTE LAS EXPROPIACIONES PARA EL TAV


AHT GELDITU! ELKARLANA (Tlfno: 657705677)

AHT GELDITU! Elkarlana propone desarrollar la siguiente actuación ante la tramitación de expropiaciones para el TAV que el Ministerio de Fomento y el Departamento de Transportes se disponen a extender progresivamente a todos los tramos de la llamada “Y vasca”. Nos parece importante unificar posturas para llevar a cabo una acción conjunta que reagrupe tanto a baserritarras y propietarios como a todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas y se oponen al TAV, puesto que la expropiación de terrenos para la ejecución de las obras no es un problema que afecte exclusivamente a los baserritarras y particulares por cuyas tierras pasaría el TAV, sino que nos afecta, dadas las enormes implicaciones sociales y ecológicas del proyecto, a todos y todas. Para ello exponemos las cuatro fases en las que se divide el proceso expropiatorio y las actuaciones que proponemos desarrollar en cada una de ellas para impulsar una acción en común que reúna la intervención de:

- propietarios y baserritarras.

  • vecinos cercanos (afectados por problemas de ruido, impacto visual,...)
  • todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras.
  • ayuntamientos (por iniciativa propia, o a petición de particulares o entidades)


1) LA PRIMERA PARTE DEL PROCESO EXPROPIATORIO:
INFORMACION PUBLICA Y PRESENTACION DE ALEGACIONES


En la primera parte del procedimiento expropiatorio, la Administración expropiante hace pública una lista de bienes y derechos afectados (mediante Boletin Oficial o Tablón de anuncios municipal) y abre un plazo de 15 días hábiles de información pública (no cuentan domingos y festivos, sí sábados) para que los propietarios que figuran en la lista y todas las demás personas o entidades que se estimen afectadas por la ejecución de las obras puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas. En el mismo anuncio, la administración expropiante procede a la citación de los propietarios que se citen en la lista al “levantamiento de las actas previas a la ocupación”, que suele fijar a los pocos días en el Ayuntamiento (sobre lo cual trataremos más adelante en la segunda parte del proceso).

En esta fase del proceso expropiatorio proponemos:

  • Organizar inmediatamente reuniones públicas en las localidades afectadas: El objetivo es reunir tanto a baserritarras y propietarios como a vecinos cercanos y a todas las demás personas y entidades que se estimen afectadas, con el fin de poner en común la información disponible y decidir las iniciativas a llevar a cabo.
  • Informar a baserritarras y propietarios: Los propietarios afectados por el proceso expropiatorio deben saber qué derechos tienen y como pueden seguir oponiendose a las afecciones a sus tierras. Para ello se les recomienda avisar a EHNE ante cualquier inicio de proceso expropiatorio para realizar consultas y ayudar en la defensa de las explotaciones agrarias afectadas por el TAV (EHNE: Bizkaia: 94-6232730; Gipuzkoa: 943-654281; Araba: 945-260533).
  • Presentar alegaciones contrarias a la ocupación de los terrenos para la ejecución de las obras, por razones tanto de forma como de fondo sobre el problema del TAV: Cualquier persona o asociación, tenga o no la condición de propietario, puede presentar las alegaciones que considere oportunas contra la expropiación de terrenos para la ejecución de las obras del TAV. Proponemos por tanto presentar alegaciones:

  1. Desacreditando el supuesto interés general o social de la obra;
  2. Sosteniendo las razones de la oposición al TAV debido a su enorme impacto ecológico y social, su carácter impositivo, etc.;
  3. Denunciando expresamente la pérdida irreversible de bienes y valores ambientales que la ejecución del TAV ocasionaría a nivel local: estas obras, entre otras cosas, supondrían un fuerte impacto paisajístico y sonoro, deterioro de espacios públicos (frecuentados para paseos y otras formas de ocio), destrucción de caseríos y tierra agraria, pérdida de lugares con connotaciones culturales, destrucción de arbolado y de caminos, pérdida de calidad de vida en la zona, etc. No hace falta ser “especialista” para pronunciarse al respecto: anotar sencillamente aquellos elementos que se verían negativamente afectados.
  • Estudiar posible acciones dilatorias por irregularidades en el procedimiento: Paralelamente a la preparación de alegaciones, se propone realizar un control de notificaciones y un seguimiento de errores en el procedimiento, con el fin de llevar a cabo acciones dilatorias exigiendo la suspensión del proceso:
  1. Por falta de información imprescindible para la correcta determinación de los bienes y derechos a expropiar (el retraso de la tramitación de expropiaciones conseguida por este motivo en Elorrio-Atxondo-Abadiño es positiva en este sentido);
  2. Comprobar si el “Proyecto Básico” (su denominación oficial es: “Proyecto Básico de Plataforma de la Nueva Red ferroviaria en el Pais Vasco. Tramo: ................) y el Proyecto de Obra (es decir: “Proyecto de Construcción de Plataforma la Nueva Red ferroviaria en el Pais Vasco. Tramo: ................”) han sido trasladados y puestos en conocimiento del Ayuntamiento de forma previa a su aprobación. En el caso de no haberse cumplimentado el citado tramite se deberá solicitar la suspensión del proceso, por no haberse tramitado el proyecto con arreglo a lo dispuesto en su legalidad;
  3. Por posible inadecuaciones entre las expropiaciones y el proyecto de obra, etc.
  4. Todas las irregularidades que se detecten deben comunicarse a la abogada de AHT GELDITU! (Yolanda: 943-537533), que analizará la posibilidad de interponer los recursos pertinentes para solicitar la suspensión del proceso.

  • Organizar una comparecencia pública: Se propone realizar una(s) comparecencia(s) pública(s) reuniendo a baserritarras y todas las demás personas y entidades que se estimen afectadas. El trabajo informativo llevado a cabo a lo largo de esos días (reunión, presentación de alegaciones...) servirá de base a su contenido. Además, se propone a los/las baserritarras denunciar las situaciones patentes de injusticia a las que deben hacer frente debido a la prepotencia de la administración. También hacer un llamamiento a oponerse al TAV y anunciar una concentración con motivo del “levantamiento de actas previas a la ocupación”.


2) EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACION:

Finalizado el plazo de alegaciones, el siguiente tramite es el “levantamiento de las Actas Previas a la ocupación”. La Administración expropiante convoca a cada propietario a acudir al Ayuntamiento, con convocatoria de día y hora, donde se presentan un representante de la Administración expropiante, un perito, el Alcalde del municipio (o el concejal en quien delegue), y los propietarios y demás personas interesadas concurrentes.
En esta fase se propone:

  • Convocar una concentración ante el Ayuntamiento.
  • Proponer a las personas y entidades comparecientes al levantamiento de actas la presentación de un escrito (puede titularse “Escrito de manifestaciones del Compareciente al tramite de Actas Previas a la ocupación”), en el que se hagan constar las mismas cuestiones que se han expuesto anterioremente para las alegaciones (negación del interés social de la obra, oposición asl TAV, pérdida de bienes y valores ambientales a nivel local...). Indicar también las irregularidades que en su caso se hayan detectado en el procedimiento y las razones por las que no se acepta el tramite de Actas Previas. Se propone pués a todos los propietarios y demás personas concurrentes (representantes municipales,...) comparecer en ese acto y alegar lo que proceda y solicitar incluirlo en el acta. No hace falta llevar ninguna valoración (económica): unicamente se levanta un acta en la que se hacen constar todas las manifestaciones y datos que aporten los presentes sobre los bienes y derechos afectados y los perjuicios causados por la ocupación.


En todo caso, se firme o no el acta, los bienes quedan expropiados desde ese mismo día: en fecto, la declaración de urgencia que la Administración aplica en el caso del TAV (y en cada vez más obras) autoriza la ocupación de los bienes expropiados con anterioridad a la determinación del precio de la indemnización.

3) FASE DE “JUSTIPRECIO” O VALORACION:

No corresponde a AHT GELDITU! actuar en la tercera parte del proceso, en la que se resuelven la cuantía o valoración de la indemnización y su pago (Ver nota 1)

4) OCUPACION DEL TERRENO:

La finalidad de la expropiación no es otra que la ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del TAV. Como vimos, la declaración de urgencia autoriza la ocupación del bien expropiado con anterioridad a la determinación del precio y su pago: como única “garantía” del expropiado, la administración ha de constituir un “Depósito Previo a la Ocupación real de la finca”. El expropiado podrá discutir posteriormente el importe, pero sin tener efecto alguno sobre la ocupación. Efectuado el Deposito Previo a la Ocupación real de la Finca, la Administración ocupa el bien en el plazo máximo de 15 días, sin necesidad de notificación individual a los expropiados. Unicamente, deberá solicitar en su caso autorización judicial para entrada en domicilio o lugares cerrados sin acceso público. En caso de oposición a la ocupación, se procede a la ejecución forzosa de la misma (se ejecuta a la fuerza).

Se propone llevar a cabo acciones de solidaridad y oposición a la ocupación de los terrenos y al inicio de las obras. La actuación de AHT GELDITU! ante la ocupación de terrenos y el inicio de obras será objeto de un debate en reunión general, pero también conviene tratar de ello a nivel local y en las organizaciones que conformamos la coordinación.

RELACION CON ASOCIACIONES DE AFECTADOS:

Finalmente, se propone tomar relación con posibles Asociaciones de Afectados para intercambiar puntos de vista y estudiar posibles iniciativas a llevar a cabo en común en oposición al TAV.


(Nota 1) ________________________________________

A titulo informativo, indicamos que los propietarios afectados deberán recibir individualizadamente una propuesta de indemnización por parte de la administración. Se debe responder en 20 días, mediante una una valoración particular o contrapropuesta (denominada “Hoja de Aprecio”) que conviene hacer con el aval de un técnico competente (ingeniero agrónomo, perito...). Cuando la administración no acepta la Hoja de Aprecio del particular, envía el expediente al Jurado de Expropiación...